El Gobierno nacional modificó los requisitos para el uso y cultivo de cannabis medicinal a través de la Resolución 1780/2025. Los cambios más significativos afectan principalmente a las ONGs, mientras que los usuarios particulares mantienen el permiso por tres años y la posibilidad de cultivar hasta nueve plantas. La normativa introduce mayores controles para evitar el uso indebido de los permisos, especialmente en el caso de los cultivadores solidarios.

Entre las principales modificaciones se destacan: la creación de tres categorías de usuarios (particulares, cultivadores y ONGs), la exigencia de informes cromatográficos y declaraciones juradas semestrales para cultivadores, y requisitos más estrictos para las organizaciones, que deberán contar con un director médico y un responsable técnico. Para los pacientes particulares, el cambio más relevante es la necesidad de presentar seguimientos médicos periódicos que evalúen la evolución del tratamiento. El Gobierno justifica estas medidas como necesarias para ordenar un sistema que en la práctica presentaba irregularidades, aunque organizaciones civiles ya han manifestado su descontento por considerar que dificulta el acceso al cannabis medicinal.