El Gobierno oficializó a través del decreto 409/2026 el Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER), que impulsa la regularización de trabajadores del sector privado no registrados o deficientemente registrados, iniciadas hasta la fecha de promulgación de la reforma laboral, el pasado 6 de marzo. La medida fue publicada en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y el ministro de Economía Luis Caputo.

Como contrapartida para los empleadores que accedan al plan, se incluye la condonación de deudas por falta de pago de aportes. El decreto establece un esquema del 100% de condonación para deudas originadas en la falta de pago de aportes y contribuciones con destino al Régimen del Sistema Nacional del Seguro de Salud, las cuotas destinadas al Régimen de Riesgos del Trabajo y las cuotas correspondientes al Seguro Colectivo de Vida Obligatorio (SCVO). Para micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro, la condonación es del 90%; para medianas empresas, del 80%; y para demás empleadores, del 70%.
Además, la deuda no condonada podrá cancelarse mediante pago al contado con una reducción adicional del 50% sobre capital e intereses no alcanzados por el beneficio, o a través de un plan de facilidades que deberá implementar la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). El texto aclara que el período incluido en la regularización será considerado como tiempo de servicio y computado a los fines de acreditar el mínimo de años requeridos para la obtención de la Prestación Básica. El régimen busca combatir la informalidad laboral y ofrece beneficios para los empleadores que registren a sus trabajadores y normalicen su situación previsional.








