Un tribunal de alzada confirmó la absolución de dos mujeres policías en el marco de una causa por presuntas “calumnias e injurias” iniciada por un comisario, a quien las efectivas habían denunciado previamente por situaciones de acoso mientras prestaban servicios en una comisaría de Añatuya, departamento General Taboada.

El conflicto se originó en febrero de 2020, cuando una agente y una oficial acusaron a su superior por conductas indebidas en el ámbito laboral. Entre los testimonios brindados en sede administrativa, una de las funcionarias expuso episodios en los que el comisario le desabrochó un botón de la camisa y se dirigía a ella de manera inapropiada. A raíz de estas manifestaciones, la superioridad policial inició un sumario administrativo contra el funcionario, quien en respuesta promovió una denuncia penal contra ambas subalternas alegando un grave perjuicio a su honor.

El proceso judicial tuvo un primer pronunciamiento el 5 de abril de 2023, cuando se desestimó la acusación del comisario, disponiendo la absolución de las dos policías y ordenando que el demandante afronte las costas del proceso. Frente a esta resolución, el denunciante recurrió a una instancia superior solicitando la revocación del fallo y la condena de las uniformadas, mientras que la defensa técnica de las efectivas estuvo a cargo del abogado Franco Cejas Escalada.

Finalmente, la Cámara de Apelaciones y Control en lo Penal, integrada por los magistrados Eduardo Cristian Vittar, Sandra Generoso y Olga Gay de Castellanos, emitió una resolución mediante la cual rechazó el recurso presentado por el comisario y ratificó la absolución de ambas mujeres.
En su fundamentación, el tribunal remarcó que en las causas vinculadas a presuntos delitos contra el honor resulta imprescindible identificar con exactitud los términos utilizados, el contexto en el que se emitieron, los destinatarios y su alcance. Asimismo, los jueces concluyeron que las expresiones vertidas por las policías no configuran delito, recordando que la figura de calumnia requiere la falsa imputación de un delito concreto y circunstanciado de acción pública.















