El Senado aprobó el proyecto de biocombustibles y convirtió en ley la Inocencia Fiscal II

La Cámara alta dio media sanción al nuevo régimen que eleva los cortes de bioetanol e impacta en las economías del Norte Grande. Además, con apoyo de bancadas provinciales como el Frente Cívico por Santiago, se sancionaron los cambios tributarios.

Recinto del Senado durante el debate de los proyectos de biocombustibles e Inocencia Fiscal II.

En una extensa actividad legislativa, el Senado de la Nación dio luz verde a dos iniciativas de fuerte gravitación económica y productiva: aprobó y giró a la Cámara de Diputados el proyecto que establece un nuevo marco regulatorio para los biocombustibles, y convirtió en ley la denominada Inocencia Fiscal II.

El proyecto sobre biocombustibles, que cosechó 41 votos a favor y 25 en contra, propone un régimen de transición hacia el año 2036. Para el bioetanol, la norma prevé mantener durante el primer año el corte obligatorio del 12% en las naftas, para luego incrementarlo progresivamente hasta alcanzar el 15%. Durante la vigencia de la ley, el abastecimiento se distribuirá en partes iguales según el origen de la materia prima: un 6% para el derivado de la caña de azúcar y otro 6% para el elaborado a base de maíz. En cuanto al biodiésel, el porcentaje obligatorio de mezcla se elevará del actual 7% al 10% a partir de los doce meses de promulgada la ley.

Producción de bioetanol a partir de caña de azúcar y maíz en el norte argentino.

La medida reviste particular interés para las provincias del Norte Grande debido al impacto directo sobre las cadenas de valor agroindustriales de la región. La iniciativa contó con el impulso de los gobernadores y legisladores del norte, quienes destacaron el potencial de arraigo, inversión y desarrollo vinculado a la producción de caña y maíz. El texto declara de interés público la fabricación, almacenamiento, mezcla, comercialización y autoconsumo de estos productos en todo el territorio nacional, aunque también registró posturas críticas de representantes de provincias como La Pampa, San Luis, Entre Ríos y Buenos Aires respecto al esquema de distribución del mercado.

Por otra parte, la Cámara alta sancionó de manera definitiva la ley de Inocencia Fiscal II con 44 votos afirmativos y 23 negativos. El proyecto oficialista, orientado a promover el ingreso al circuito formal de divisas y fondos no declarados, obtuvo el respaldo de La Libertad Avanza, el PRO, la Unión Cívica Radical y diferentes fuerzas provinciales, entre las que se contó el Frente Cívico por Santiago.

Entre sus puntos salientes, la normativa elimina las restricciones patrimoniales y de ingresos anuales que limitaban el acceso al Régimen Simplificado de Ganancias, que anteriormente fijaba topes de 1.000 millones de pesos de facturación y 10.000 millones de patrimonio. Asimismo, restringe la facultad de impugnación de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a situaciones de discrepancia significativa, fijadas cuando exista una diferencia de al menos un 15% respecto de lo declarado, siempre que supere los 5 millones de pesos. La flamante ley prohíbe el acceso a estos beneficios a quienes se hayan desempeñado en la función pública durante los últimos cinco años.

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