ANMAT prohibió la comercialización de productos dermatológicos y de salud sin autorización sanitaria

La ANMAT prohibió en todo el país la comercialización de productos dermatológicos de la marca Caflab por falta de registro sanitario, además de aplicar restricciones sobre insumos médicos y artículos de limpieza que no cumplen con los requisitos oficiales.

Disposición oficial de ANMAT sobre la prohibición de productos para la salud sin autorización sanitaria

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición en todo el territorio nacional de la comercialización, distribución y uso de una serie de productos dermatológicos y de medicina humana que carecían de las autorizaciones sanitarias correspondientes.

La medida fue formalizada mediante la Disposición 5970/2026, publicada en el Boletín Oficial, y alcanza a cualquier medicamento o producto médico identificado con las marcas Caflab o Caflab Applied Science, o que declare haber sido elaborado por dicha firma. La restricción rige hasta tanto obtengan el debido registro sanitario. La misma disposición comprendió también a determinadas unidades de insumos para bombas de insulina y sensores para el monitoreo de glucosa.

La investigación oficial se originó a partir de la denuncia de una compradora que adquirió por internet una solución tópica de ácido tricloroacético al 30%, presentada en frasco de 10 mililitros. El producto era promocionado para la remoción de verrugas, condilomas, queratosis y la realización de peelings. Por sus indicaciones terapéuticas y composición, la autoridad sanitaria determinó que correspondía encuadrarlo en la categoría de medicamento.

Durante las actuaciones, los inspectores verificaron el sitio web de la empresa, donde además se ofrecían otros preparados como tinción de Gram, lugol, safranina, azul de metileno y solución salina fisiológica. Al consultar las bases técnicas oficiales, se constató que la firma no se encontraba registrada en los rubros de medicamentos, productos médicos, cosméticos ni artículos para diagnóstico.

Esta resolución se suma a recientes medidas preventivas adoptadas por el organismo nacional para resguardar a los consumidores. Entre ellas, la Disposición 5730/2026 prohibió el desinfectante de superficies de la marca Clean On, vinculado a la firma Nolor S.R.L., tras detectar unidades sin lote, vencimiento ni instrucciones de uso, con rótulos no aprobados. Asimismo, a través de las disposiciones 5865/2026 y 5870/2026, la ANMAT sancionó y prohibió los productos de Laboratorio Trifarma S.R.L. por elaborar medicamentos sin director técnico farmacéutico registrado, y de la empresa Ugal Farmacéutica S.A. por irregularidades de calidad e incumplimientos en sus instalaciones.

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