Condenaron a tres años de prisión en suspenso al conductor que atropelló y mató a un locutor en Nueva Esperanza

La Justicia dictó una pena de tres años de prisión en suspenso y cinco de inhabilitación para conducir a un hombre hallado culpable por la muerte de Gustavo Antonio Sánchez, ocurrida en diciembre de 2018 sobre la ruta 176.

Tribunales donde se dictó la sentencia por el siniestro vial en Nueva Esperanza

La Justicia resolvió condenar a tres años de prisión en suspenso a un hombre de apellido Chávez, tras hallarlo responsable de atropellar, causar la muerte y abandonar al locutor Gustavo Antonio Sánchez en la ciudad de Nueva Esperanza, departamento Pellegrini, en un hecho ocurrido en diciembre de 2018.

El siniestro vial se produjo sobre la ruta provincial 176, a la altura del barrio Santa Rita. La víctima, con domicilio en el barrio 25 de Mayo de dicha localidad, se desplazaba a bordo de una motocicleta Honda XR cuando fue embestida por un automóvil Volkswagen Voyage que era conducido por Chávez.

De acuerdo con la acusación sostenida por las fiscales Belkis Alderete y Jésica Lucas, el automovilista no se detuvo a prestar asistencia al motociclista tras el impacto. Por el contrario, continuó su trayecto hasta detener la marcha más adelante, donde cerró el vehículo y se retiró a pie del lugar. Producto de la violencia de la caída y la gravedad del golpe, Sánchez falleció prácticamente en el acto pese a los intentos por estabilizarlo.

Pocas horas después del episodio, el personal policial logró identificar al conductor del rodado mayor, procediendo a su imputación y detención. Con el avance de la causa judicial a lo largo de los años, el imputado llegó finalmente a juicio.

Durante el proceso, el Ministerio Público Fiscal había solicitado una pena de cinco años de prisión de cumplimiento efectivo. Sin embargo, en su veredicto, el juez Campos Nittinger resolvió fijar la condena en tres años de prisión en suspenso e impuso una inhabilitación especial para conducir cualquier tipo de vehículo durante el plazo de cinco años.

Asimismo, el fallo judicial estableció una serie de reglas de conducta obligatorias para el condenado, entre las que se destacan la prohibición del consumo de bebidas alcohólicas y la restricción de concurrir a espectáculos donde se expendan las mismas.

About the Author

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *