El Gobierno nacional reglamentó este lunes el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), el sistema previsto en la Ley de Modernización Laboral para financiar el pago de indemnizaciones por despido a través de fondos específicos constituidos por los empleadores. La medida fue oficializada mediante el Decreto 408/2026, publicado en el Boletín Oficial, y comenzará a regir el 1 de noviembre, según informó Diario Panorama.
El decreto establece las condiciones de funcionamiento del régimen, los mecanismos de recaudación de aportes y los procedimientos para el pago de las indemnizaciones a trabajadores registrados. La norma determina que el FAL estará dirigido a empleadores del sector privado, exceptuando las relaciones laborales expresamente excluidas por la ley y las del sector público.
Según la normativa, los fondos serán instrumentados a través de vehículos de inversión colectiva autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV), como fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros, que permitan la segregación patrimonial, la afectación específica de los recursos y la adecuada supervisión del régimen. La autoridad de aplicación establecerá los montos mínimos necesarios para cubrir las obligaciones aún en escenarios de despidos masivos o crisis de empleo, garantizando parámetros de suficiencia, liquidez y diversificación.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será la encargada de la recaudación y derivación de las contribuciones, integrándolas al sistema de la seguridad social. Cada empleador deberá informar un identificador del fondo, denominado ID FAL, que permitirá la correcta asignación de los aportes. El procedimiento prevé que cada empleador elija una entidad habilitada por la CNV, abra su cuenta individual y reciba un identificador único.
En cuanto a los trabajadores, el régimen establece que deberán estar debidamente registrados y contar con una antigüedad mínima de doce meses para acceder a la cobertura plena del sistema. Solo estarán cubiertos los trabajadores que hayan sido registrados en tiempo y forma al menos doce meses antes de la extinción del vínculo.
El FAL había sido incluido en la reforma laboral aprobada a finales de febrero de este año, según informó Nuevo Diario Web. La medida representa un avance en la modernización del sistema de indemnizaciones, brindando mayor previsibilidad a empleadores y trabajadores mediante fondos administrados bajo supervisión estatal.