La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las cámaras empresarias del sector —Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA)— firmaron un nuevo acuerdo paritario correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75. El entendimiento, anunciado el 23 de julio de 2026 y con vigencia desde el 1° de ese mes, establece una actualización salarial total del 5,7% para el trimestre julio-septiembre.
El incremento se aplicará de forma escalonada en tres tramos consecutivos del 1,9% cada uno, calculados sobre las escalas salariales de junio de 2026. El primer tramo se liquidará con los haberes de julio, el segundo con los de agosto y el tercero con los de septiembre.

Además del aumento porcentual, el acuerdo contempla el pago de una suma extraordinaria no remunerativa de $50.000, que se abonará por única vez en dos cuotas de $25.000: la primera junto con los salarios de julio y la segunda con los de agosto.
Otro punto central es la postergación de la incorporación al salario básico de una suma fija no remunerativa de $120.000, prevista en la negociación anterior. Según lo pactado, ese monto se integrará de manera gradual a las escalas en seis cuotas mensuales de $20.000, comenzando con los haberes de diciembre de 2026 y finalizando en mayo de 2027. Durante el período de vigencia del nuevo acuerdo, la suma fija continuará percibiéndose en sus términos actuales.

Las partes acordaron volver a reunirse en octubre para evaluar la evolución económica y analizar posibles ajustes. Asimismo, se aclaró que los porcentajes acordados no tendrán carácter obligatorio para las negociaciones particulares que pudieran desarrollarse en Río Grande, Tierra del Fuego, aunque los montos establecidos funcionarán como referencia mínima una vez homologada la paritaria.
Con la aplicación del primer tramo del 1,9%, el salario básico de la categoría inicial del convenio alcanzará los $1.282.023 en julio, según las escalas difundidas tras la firma. La remuneración final de cada trabajador podrá ser superior al sumarse adicionales por antigüedad, presentismo, fallo de caja, horas extras y otros conceptos remunerativos previstos en el convenio.